Buenos días a todos.
La Embajada de la República de Turquía informa que el “Acuerdo sobre Exención Mutua de visa entre la República de Turquía y la República del Perú”, firmado el 18 de junio de 2012 en la ciudad de Ankara-Turquía, ha entrado en vigencia a partir del día 12 de junio de 2013.
Mediante este acuerdo, los ciudadanos peruanos portadores de pasaportes ordinarios y oficiales (diplomático, servicio y especiales) podrán viajar en tránsito y/o ingresar a territorio turco como turistas por un plazo máximo de 90 días dentro de un periodo de 06 meses contados a partir de la fecha de ingreso al país.
Los ciudadanos peruanos interesados en trabajar, contraer matrimonio, estudiar, realizar investigaciones entre otros, por periodos superiores a 90 días, requerirán solicitar un visado que otorgarían las misiones diplomáticas de la República de Turquía.
La Embajada de Turquía en Lima cumple con informar a la opinión pública y a los medios de prensa sobre la entrada en vigencia del mencionado acuerdo.
Mediante este acuerdo, los ciudadanos peruanos portadores de pasaportes ordinarios y oficiales (diplomático, servicio y especiales) podrán viajar en tránsito y/o ingresar a territorio turco como turistas por un plazo máximo de 90 días dentro de un periodo de 06 meses contados a partir de la fecha de ingreso al país.
Los ciudadanos peruanos interesados en trabajar, contraer matrimonio, estudiar, realizar investigaciones entre otros, por periodos superiores a 90 días, requerirán solicitar un visado que otorgarían las misiones diplomáticas de la República de Turquía.
La Embajada de Turquía en Lima cumple con informar a la opinión pública y a los medios de prensa sobre la entrada en vigencia del mencionado acuerdo.
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